Condenan a una exportadora por prácticas abusivas al comprar fruta

La Justicia volvió a rechazar los argumentos de una empresa exportadora y ratificó que deberá pagarle cerca de 300.000 dólares a una firma productora de frutas del Alto Valle por haber aplicado cláusulas “abusivas” en un contrato que firmaron en el 2012.
El fallo de la Cámara Civil de Roca surgió a fines de abril y está publicado en la web del Poder Judicial, aunque todavía no fue notificado a las partes por la feria extraordinaria impuesta como medida preventiva del covid-19.
La sentencia confirmó la condena contra Standard Fruit Argentina S.A, ordenando que se completen los pagos de la fruta adquirida, respetando el régimen de protección de las leyes de Contractualización y Transparencia frutícolas.
La Cámara recalcó que esas normas de protección de la fruticultura son constitucionales y que su aplicación protege no sólo a los eslabones más débiles de la cadena productiva regional sino a la sociedad en su conjunto.
Aplicando esa normativa, el fallo de primera instancia del Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Roca había condenado a la multinacional a pagar una suma cercana a los 300.000 dólares a una productora de Villa Manzano, como pago total del contrato frutícola que las vinculó en la cosecha 2012 y que se pagó por debajo del precio mínimo definido por la Ley de Contractualización.